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Nueva Resolución Sobre Pequeños Operadores en RENPRE (Res.788/2018)

El día 09/10/2018 el Ministerio de Seguridad publicó en el Boletín Oficial la Resolución 788/2018.

En el que expone que debido al Decreto N° 743/2018 la categoría de «PEQUEÑOS OPERADORES DE PRECURSORES QUÍMICOS» ha quedado desactualizada. Lo cual amerita la adecuación de la citada norma a la situación actual, contemplando las nuevas sustancias químicas incorporadas por dicho Decreto, como así también las cantidades mensuales permitidas conforme a los usos y presentaciones comerciales de los precursores químicos en el mercado interno.

Principales cambios:

  • Incorporación de Cloroformo con una cantidad mensual de 6 litros
  • Se modificó la cantidad de Ácido Clorhídrico permitido por mes de 10 a 12 litros.
  • Se modificó la cantidad de Ácido Sulfúrico permitido por mes de 5 a 6 litros.
  • Se modificó la cantidad de Cloruro de Metileno permitido por mes de 4 kilogramos a 6 litros.
  • Se modificó la cantidad de Metiletilcetona permitida por mes de 2 a 12 litros.
  • Se modificó la cantidad de Amoníaco Anhidro o en disolución acuosa permitido por mes de 5 a 6 litros.
  • Se modificó la cantidad de Hidróxido de Potasio permitido por mes de 5 a 25 kilogramos.
  • Se modificó la cantidad de Sulfato de Sodio permitido por mes de 4 a 25 kilogramos.
  • Se modificó la cantidad de Carbonato de Sodio permitido por mes de 20 a 25 kilogramos.
  • Se modificó la cantidad de Carbonato de Potasio permitido por mes de 4 a 25 kilogramos.
  • Se modificó la cantidad de Hexano permitido por mes de 4 a 6 litros.
  • Se modificó la cantidad de Benceno permitido por mes de 4 a 6 litros.
  • Se modificó la cantidad de Xilenos permitidos por mes de 10 a 12 litros.
  • Se modificó la cantidad de Ácido Acético permitido por mes de 10 a 12 litros.

Quedando de la siguiente forma:

LISTA SUSTANCIAS CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA
Lista I Ácido Clorhídrico 12 Litro
Ácido Sulfúrico 6 Litro
Permanganato de potasio 0,5 Kilogramo
Tolueno 12 Litro
Cloruro de Metileno 6 Litro
Cloroformo 6 Litro
Éter Etílico 1 Litro
Acetona 2 Litro
Metiletilcetona 12 Litro
Anhídrido Acético

 

 

1

 

 

Litro

 

 

Lista II  

 

Amoníaco Anhidro o en Disolución Acuosa

 

 

6

 

 

Litro

Hidróxido de Sodio 25 Kilogramo
Hidróxido de Potasio 25 Kilogramo
Sulfato de Sodio 25 Kilogramo
Carbonato de Sodio 25 Kilogramo
Carbonato de Potasio 25 Kilogramo
Hexano 6 Litro
Benceno 6 Litro
Xilenos 12 Litro
Metilisobutilcetona 2 Litro
Ácido Acético 12 Litro
Acetato de Etilo 2 Litro

Resolución 788/2018

Para mayor información vea la Resolución del Boletín Oficial.

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